La República Federal de Alemania en la encrucijada - No hay Estado constitucional sin separación de poderes - Parte 1

Retrato de John Locke, pintura
John Locke (1632-1704), filósofo y teórico del Estado inglés

por K. Mader, marzo de 2024

Introducción

Las nuevas ideas de John Locke y del barón Charles-Louis de Secondat, barón de La Brède et de Montesquieu, conocido abreviadamente como Montesquieu, influyeron notablemente en la evolución política y social de Europa y, más tarde, de otras partes del mundo, en relación con las ideas y teorías de la Ilustración.
Los principios modernos de un Estado constitucional con cierta separación de poderes y el imperio de la ley se reflejan tras la independencia de EEUU. Los 13 estados fundadores de la costa este de EEUU redactaron una constitución siguiendo el modelo de la Declaración de Derechos inglesa (Bill of Rights) del siglo XVII, así como la constitución de la "República de los Países Bajos Unidos". La "República de los Siete Países Bajos Unidos", como se llamaban a sí mismos en su totalidad, se fundó ya en 1581, durante los ochenta años de guerra de independencia de los Países Bajos contra los Habsburgo españoles. Sin embargo, su constitución no era un texto constitucional coherente que regulara el orden estatal. Debido a su estructura de unión federal en un estado federal, los primitivos Países Bajos fueron un modelo adecuado para los EE.UU. en el momento de su fundación. La Constitución de los Estados Unidos de América se aprobó en septiembre de 1787 y entró en vigor para los 13 estados fundadores unidos en marzo de 1789.

Sin embargo, la separación de poderes sólo se ha llevado a la práctica de forma limitada en Estados Unidos. En su lugar, se aplicó el principio de "checks and balances", que se basa menos en una separación de los tres poderes clásicos del Estado y más en una imbricación de poderes con control mutuo, como en casi todos los países occidentales de hoy. Una separación de poderes realizada de forma coherente se denomina en inglés "separation of powers" o "division of powers". Es importante señalar que la separación de poderes según las directrices teóricas de Montesquieu no se realiza de forma coherente en casi todos los Estados. Sin embargo, se realiza más claramente en algunos países que en otros, donde al menos el poder judicial es independiente, lo que debe considerarse una preocupación fundamental basada en la experiencia y la teoría.

Se nos dice o enseña como algo natural y sin escrutinio crítico que los países occidentales tienen una adecuada separación de poderes que satisface plenamente los principios del Estado de Derecho. Pero, ¿es realmente así? ¿Cuál es la situación en la República Federal de Alemania a este respecto? El siguiente artículo en tres partes llegará al fondo de esta cuestión.

Imagen de la estatua de Montesquieu en Burdeos
Imagen: PIXABAY, Kolm-Jany - Estatua de Charles-Louis de Secondat -Baron de La Brède et de Montesquieu, en Burdeos

Parte 1: Historia de la separación de poderes y del Estado constitucional moderno

Un repaso a la historia de la teoría moderna de la congestión

Charles-Louis de Secondat, barón de La Brède y de Montesquieunacido en enero de 1689 en un castillo cercano a Burdeos, fue abogado, escritor, filósofo y teórico del Estado y viajó por numerosos países europeos. Charles-Louis de Secondat permaneció varios años en Inglaterra.

Fue un conocido pensador de la El Siglo de las Luces y se guiaba por los ideales del todavía joven humanismo. Se le considera uno de los principales fundadores de la teoría moderna del Estado. Describe la separación de los tres poderes esenciales del Estado para equilibrar el gobierno, por un lado, y los ciudadanos gobernados, por otro, como componente fundamental de un Estado constitucional. Montesquieucomo se le llama abreviadamente, crea así un concepto alternativo al francés Absolutismo de su tiempo.

El francés Montesquieu se inspiró en el inglés John Locke (1632-1704), que a finales del siglo XVII había estudiado en detalle las doctrinas del Estado. Locke partía de la base de que el abuso de poder sólo podía evitarse mediante la Poder gubernamental o autoridad estatal dividida en diferentes manos mentiras.
Sólo uno Constitución e igualmente vinculante para todos Leyestambién para el monarca o el gobierno, así como el Separación de poderes del Estado limitó los poderes del Jefe de Estado y evitar la arbitrariedad.

En su obra "El espíritu de las leyes"("De l'esprit des lois"), Montesquieu publicó en 1748 su teoría del Estado, que aún hoy se conoce y que poderes estatales independientesque se controlan y respetan mutuamente, como significativas. Para ello, analiza en primer lugar tres formas de regla: Democracia, Monarquía, Despotismo.

Según la doctrina de Montesquieu, los tres poderes deben, en el ejercicio de sus actividades independientemente unos de otros y no debe estar sujeto a restricciones externas. El sitio tres poderes del estado y sus tareas probablemente resulten familiares a la mayoría de la gente por las lecciones escolares. Son los poder legislativo (Legislatura), el poder ejecutivo o el Gobierno y administración (Ejecutivo) y el poder judiciales decir, jueces o tribunales (Judicatura). En un Estado moderno, la tarea del poder legislativo recae generalmente en el parlamento. Los proyectos de ley son presentados para su debate y votación por el propio parlamento o por el gobierno.

¿Cuáles son las características y los principios de un Estado constitucional?

En este documento, la atención se centrará en la Separación de poderes como característica esencial del estado de derecho establecido. Para ilustrar la importancia de la separación de poderes para el Estado de Derecho como requisito previo para la estabilidad de dicho Estado, a continuación se resumen y explican brevemente otros fundamentos de un Estado constitucional.
Un Estado constitucional es una forma de gobierno en la que la estructura estatal está diseñada para limitar el poder del Estado y de los órganos estatales mediante principios constitucionales y en la que las leyes son igualmente vinculantes para todos los ciudadanos e instituciones, incluido el Gobierno. Diversas características y una estructura organizativa coherente garantizan que no se caiga en un Norma arbitrariaque Despotismose impide.

Debe garantizarse que ningún grupo de personas pueda obtener ventajas sobre los demás o se le concedan sistemáticamente, o que determinados ciudadanos se vean desfavorecidos. La aparición del totalitarismo y la dictadura sólo puede evitarse mediante la adhesión constante a los principios del Estado de Derecho.
Hay ciertos rasgos indispensables que caracterizan a un Estado constitucional.
La supremacía de la leyEn un Estado constitucional, la ley está por encima de todo. Todos, incluidas todas las instituciones y el gobierno, están sujetos a la ley y deben acatarla.

Una constituciónRegula el orden interno de un Estado y establece el marco para la legislación y la relación entre los órganos del Estado y los ciudadanos.
La protección de los derechos fundamentales: Los derechos fundamentales están consagrados en la Constitución y constituyen la base constitucional. Un Estado constitucional garantiza el respeto y la protección de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos por igual. Esto debe aplicarse tanto a la legislación como a la administración de justicia.

La separación de poderesUn Estado constitucional tiene una separación de poderes. El ejecutivo, el legislativo y el judicial tienen funciones claras y diferentes y están institucional y personalmente separados entre sí para garantizar el control mutuo y el equilibrio de poderes.

Publicidad y transparenciaLa gobernanza transparente y el acceso abierto a la información promueven la rendición de cuentas y el control democrático del gobierno.

No al ejercicio arbitrario del poderEl gobierno, sus funcionarios y todas las instituciones del Estado no deben ejercer su poder arbitrariamente. Por el contrario, deben acatar la ley y actuar de acuerdo con la Constitución.

Tribunales independientesLa independencia del poder judicial es una característica indispensable del principio de separación de poderes y también un requisito previo para el Estado de Derecho. Los tribunales son independientes tanto en lo que respecta a su personal como a sus métodos de trabajo, por lo que están sujetos a la Constitución y a la ley. La arbitrariedad de la justicia debe quedar descartada.

Seguridad jurídicaLas leyes son predecibles, acordes con los derechos fundamentales del Estado y la comprensión moral imperante entre los ciudadanos. La legislación no debe ser irrazonablemente contraria a la seguridad de actuación y planificación de los ciudadanos. Las normas jurídicas no deben modificarse con frecuencia y de forma imprevisible para garantizar la confianza y la previsibilidad en todos los ámbitos de la vida. Las leyes se formulan de forma clara y comprensible, sin dejar lugar a la ambigüedad ni margen para la interpretación, y se aplican por igual a todos los ciudadanos en la administración de justicia. Sólo deben introducirse cambios en casos excepcionales y con periodos transitorios adecuados.

Se aplica lo siguiente Prohibición de retroactividadEsto significa que las leyes no pueden aplicarse retroactivamente para garantizar que los ciudadanos sólo sean responsables de acciones que ya estaban prohibidas o reguladas por la ley en el momento de la infracción.

Derecho romano tuvo una influencia significativa en el desarrollo de los sistemas jurídicos de muchos países, sobre todo inicialmente en la Europa continental. Nuestra concepción actual de la seguridad jurídica se caracteriza por ello. Otras características de la seguridad jurídica son

  • Derecho al debido proceso - Todo ciudadano tiene derecho a un juicio equilibrado, adecuado e imparcial ante un tribunal cuando se enfrenta a cargos penales u otras disputas legales. "Esto incluye también el derecho a ser oído. Esto significa que toda persona en un proceso judicial tiene derecho a comentar las acusaciones, presentar pruebas, llamar a testigos y consultar a un asesor jurídico. El derecho a ser oído también se aplica en los procesos penales. El acusado debe tener la última palabra antes de la sentencia para poder comentar las alegaciones presentadas". (https://www.juraforum.de/lexikon/rechtsstaat)
  • Protección jurídica y recursos legales - Un Estado constitucional garantiza que los ciudadanos cuyos derechos han sido violados tengan acceso a recursos efectivos para reparar estas violaciones y obtener justicia.
  • Proporcionalidad - El principio de proporcionalidad establece que los medios utilizados por la autoridad estatal deben ser proporcionados al fin perseguido. Esto significa que el Estado no debe utilizar medios desproporcionados en el cumplimiento de sus tareas y la consecución de sus objetivos que no justifiquen el fin o tengan efectos secundarios desproporcionados. El principio de proporcionalidad también se aplica a la actuación policial. La policía sólo puede adoptar medidas coercitivas en casos excepcionales o por orden judicial (ibid.). Las actuaciones de la policía o de otras autoridades reguladoras están sujetas a la ley; quedan excluidas, por tanto, las actuaciones arbitrarias.

Libertad de información y expresiónRelaciones con la prensa y los medios de comunicación Libertad de prensa son también componentes importantes del Estado de Derecho. Permiten a los ciudadanos obtener información de fuentes libremente accesibles sin obstáculos, expresar sus opiniones y puntos de vista sin temor a ser perseguidos y adoptar una actitud crítica ante las decisiones políticas en general, el gobierno o la situación en el país o en el mundo. En un Estado de derecho, los ciudadanos también pueden difundir información y opiniones relevantes. No hay censura ni consecuencias negativas por la difusión de noticias, conocimientos, experiencia y opiniones, aunque se basen menos en hechos verificables que en suposiciones o percepciones subjetivas. Se establecen límites por ley; sin embargo, estos límites deben ser lo suficientemente amplios como para no socavar el derecho fundamental a la libertad de opinión y de expresión. No debe haber censura "por la puerta de atrás" mediante una legislación desproporcionadamente restrictiva. Estos límites pueden establecerse, por ejemplo, mediante acusaciones difamatorias contra determinadas personas y llamamientos claramente demostrables a la violencia.

Medios de comunicación están obligados a ejercer la diligencia periodística, pero no a adoptar una determinada postura frente al Gobierno o los grupos políticos o sociales y no deben estar sujetos a la coacción de estar vinculados por opiniones. Hoy en día, esto se aplica independientemente de que pertenezcan a la prensa escrita o radiofónica tradicional, a las grandes editoriales, al sector público estatal, a las pequeñas empresas de comunicación o a los periodistas freelance, que ahora también pueden encontrarse en Internet y a menudo utilizan los nuevos medios de comunicación. medios alternativos forma. No se debe permitir que las empresas de medios de comunicación pequeñas e independientes actúen en favor de empresas de medios de comunicación grandes o incluso de propiedad estatal (en Alemania Instituciones de derecho público) están en desventaja.

Estas características son fundamentales para el funcionamiento de un Estado constitucional y garantizan que el gobierno y las administraciones actúen dentro de la ley y respeten y protejan la dignidad, los derechos y las libertades de los ciudadanos.

La época anterior al Estado de Derecho, las ideas de Montesquieu

Los objetivos destacados descritos por Montesquieu son, por un lado, la mayor política posible Libertad de los ciudadanos y más allá el Prevención del despotismoes decir, la arbitrariedad, como lo fue en vida en el Absolutismo Francia no sólo se manifestó allí. La época de la Feudalismo en Europa, desde la Alta Edad Media hasta bien entrada la Edad Moderna, se caracterizó por una sociedad estamental en la que la arbitrariedad o el despotismo podían emanar de los individuos, de sus confidentes o de quienes detentaban la autoridad (por ejemplo, los señores feudales).

Por lo general, apenas existían disposiciones que limitaran o regularan el ejercicio del poder. Los estamentos dependientes, como los campesinos, vivían así como no libres. El ejercicio del poder gubernamental, desde la legislación, las instrucciones de encarcelamiento e interrogatorio (incluida la tortura) hasta la administración de justicia o la imposición de sentencias y las instrucciones de ejecución, podía ser emitido por una sola persona o por un grupo, un comité. Lo mismo ocurría con las finanzas del Estado, que solían estar inextricablemente ligadas al patrimonio privado de un gobernante, a la recaudación y cobro de impuestos o a la dirección de la guerra. A ello se sumaba otro sistema de dominio y opresión: el de la Iglesia.

Este gobierno religioso y el ejercicio del poder estaban estrechamente entrelazados con el gobierno del Estado por regentes o señores feudales. Según el ideal de Montesquieu Prevención del abuso de poder y la arbitrariedad hasta el terror de Estado. Este objetivo debe seguir siendo válido hoy en día para evitar que un Estado se "incline" hacia Despotismo o totalitarismo para impedirlo. Apenas existe una estructura estatal que esté firmemente establecida de forma inherente y para siempre y que sea inmune a evolucionar de un Estado constitucional que garantiza la libertad a un despotismo.

Las revoluciones condujeron a un nuevo despotismo y a un reino del terror

Aunque esto es un poco exagerado, hay algo que no debe dejar de mencionarse. Esta explicación de la historia y la época del absolutismo no debe ocultar una cosa: El fin del absolutismo y del régimen feudal a través de Revoluciones de ninguna manera trajo la redención o la liberación y un Estado constitucional. La Revolución Francesa de 1789 abrió el camino al gran terror de los revolucionarios jacobinos tras un primer gran baño de sangre en el que cayeron víctimas inocentes. Un nombre es probablemente familiar para todos en el contexto de la tiranía: Maximilien de Robespierre, que encabezó el Reinado del Terror desde 1790 hasta su violenta muerte en 1794.

Como consecuencia de la Revolución, el infierno de la arbitrariedad se desata sobre gran parte de la población francesa; sin interrogatorios ni juicios adecuados, se encarcela a la gente por meras sospechas o por motivos de clase, se la ejecuta en masa y se la somete a una guerra extremadamente cruel contra las regiones francesas. Se tortura hasta la muerte; el fanatismo y la barbarie son indescriptibles. De la revolución surgió la nacionalismo chovinista y Guerra en Europa surgió. Y como paradoja de la historia, más tarde se coronó Napoleón Bonaparte se convirtió en emperador en 1804. Como resultado de la revolución, dirigida contra la monarquía, Francia pasó a tener un emperador en lugar de una emperatriz. Reyes un Emperador.

La Revolución Rusa no fue menos absurda en sus secuelas; al zar ruso le siguió el derramamiento de sangre y la arbitrariedad de la Bolcheviques y la construcción del Unión Soviética. Durante décadas, esto fue diferente de la época de la Rusia zarista, pero en memoria de los millones de víctimas de esta tiranía comunista, no se puede hablar en absoluto de un estado mejor ni de progreso.

Las revoluciones violentas conducen de la miseria a la ruina; por mucho que algunos las glorifiquen, no consiguen un Estado constitucional.

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Tampoco hay libertad si el poder judicial no está separado de los poderes legislativo y ejecutivo. ... Todo estaría perdido si un mismo hombre o cuerpo, ya sea de los más poderosos o de los nobles o del pueblo, ejerciera los tres poderes siguientes: promulgar leyes, poner en práctica resoluciones públicas, juzgar delitos y disputas privadas.

  • Charles-Louis de Montesquieu, "De l'Esprit des Lois" (Del espíritu de las leyes)

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La publicación de su obra "El espíritu de las leyes"desencadenó en su momento encarnizados y controvertidos debates. El sitio Vaticano colocó el libro en un índice de prohibición. Montesquieu escribió una defensa. El rey prusiano Federico el Grande era aficionado a Montesquieu y a su obra. El El espíritu de la iluminación era muy respetado en la familia real prusiana. Esto tenía una historia personal:
En Rey Federico II el Grandeutilizado para trabajar con el El filósofo francés François Marie Arouet Voltaire desde 1736 hasta su muerte en 1778, caracterizada por una admiración e inspiración mutuas, pero también por decepciones y antipatías ocasionales. Voltaire pasó largas temporadas en la corte del rey prusiano. De este modo, las ideas de la Ilustración y los ideales del Humanismo Entró en territorio alemán mucho antes de la Revolución Francesa y de las destructivas campañas militares francesas de Napoleón Bonaparte por Europa tras la Revolución, que paradójicamente condujeron a la violenta difusión de estos ideales con las armas, la barbarie y la destrucción.

La teoría del pasado y la realidad de hoy

En la escuela, en la universidad o en otras ocasiones, a los ciudadanos se nos suele decir que la separación de poderes se ha implantado en los actuales Estados occidentales modernos, que determina la realidad política de nuestros países y que, por tanto, manifiesta el Estado de Derecho. Pero si se observa más de cerca la realidad y se examina la literatura especializada sobre el tema, surge una imagen diferente: los poderes no están separados, sino que trabajan juntos de forma entrelazada o interrelacionada; numerosos funcionarios de un poder pertenecen también a otro poder en unión personal o ejercen una influencia significativa sobre otro poder estatal.

Si se examina más detenidamente, debe quedar claro que la mera existencia de los poderes estatales definidos por Montesquieu y la referencia a su teoría no conducen automáticamente a la realización de la Separación de estos poderes estatales. Por el contrario, si observamos más de cerca la realidad política de algunos Estados modernos, podemos sentirnos desilusionados. Si esta vinculación e interacción de los distintos poderes cumple siquiera la pretensión de separación de poderes y hasta qué punto la realidad de la vinculación y la interrelación es incluso necesaria para el funcionamiento de los complejos procesos de los Estados democráticos modernos es objeto de debates teóricos y académicos ocasionales, ignorados en su mayoría por los medios de comunicación, los ciudadanos y las instituciones educativas.

Por supuesto, cualquier discusión al respecto no debe descuidar factores que son de considerable importancia en el Estado y la sociedad actuales, pero que no existían en tiempos de John Locke y Montesquieu. Los principales factores que cabe mencionar aquí son

  • partidos políticos,
  • Medios de comunicación,
  • organizaciones supranacionales (por ejemplo, UE, ONU, OTAN),
  • Organizaciones no gubernamentales (ONG)

y diversas interrelaciones y dependencias internacionales.

Todos ellos influyen en la formación de la opinión y también en la actuación de las instituciones del Estado. Bien mirados, estos factores repercuten en el estado del Estado de Derecho. Su influencia sobre la idea básica de la separación de poderes y la estabilidad del Estado de Derecho no puede considerarse favorable sin más.

Además, en casi todos los Estados europeos tenemos que lidiar con otras peculiaridades, a menudo específicas de cada país, y con órganos o instituciones estatales que Locke y Montesquieu no incluyeron. Lo que es importante hoy en día y debe tenerse en cuenta en las constituciones modernas de los Estados organizados democráticamente, además de los tres poderes del Estado, son:

el electorado o los ciudadanos como soberanos, servicios secretos, fiscales.

Además, durante más de 200 años Creciente importancia de los medios de comunicaciónInicialmente material impreso, es decir, panfletos o periódicos de publicación periódica, hoy en día en gran medida telemedia (radiodifusión) e Internet, con una importancia creciente.

En comparación con el siglo XVIII o principios del XIX, el sufragio universal e igualitario es una característica de los sistemas estatales occidentales modernos. Hoy en día, no se aplican criterios de clase o propiedad al derecho de voto ni a la ponderación de los votos individuales. Aunque el electorado no es un órgano del Estado en sentido estricto, como soberano constitucional, los ciudadanos con derecho a voto como electores desempeñan teóricamente un papel clave en el Estado moderno.

Por lo tanto, se puede concluir: La estructura del Estado moderno, con sus órganos e instituciones estatales de múltiples niveles, así como el desarrollo de los medios de comunicación, han dado lugar a una complejidad cada vez mayor en comparación con el siglo XVIII. Sin embargo, los principios establecidos por Montesquieu siguen siendo válidos para el ejecutivo, el legislativo y el judicial y no deben diluirse hasta quedar irreconocibles. El argumento de que la situación actual no es comparable a la del pasado y que, por tanto, la separación de poderes ya no es viable, no está a la altura de los tiempos o incluso es prescindible conduce a representaciones peligrosas.

Peligros para el Estado de Derecho en la actualidad

Es una ilusión engañosa suponer que las estructuras del Estado de derecho firmemente establecidas y estables están fijadas para siempre en los Estados modernos. La vigilancia constante por parte de los ciudadanos y los recordatorios son necesarios para garantizar que no se cruza la delgada línea que separa un Estado aceptable de un despotismo y que la caída no es inminente.

La manipulación y el "control de opinión" de la mayoría, en su mayoría mal informada y crédula, plantean grandes peligros. La ingenuidad de las masas y la irracionalidad hábilmente generada y explotada pueden llevar a una sociedad en la dirección equivocada.

Si los ciudadanos y, sobre todo, los propios miembros de las instituciones estatales carecen de conocimientos sobre el Estado de Derecho y la separación de poderes y del deseo de sentirse obligados a acatarlos, existe un peligro especial para un Estado. Un Estado moderno necesita barreras contra tal evolución. La barrera esencial contra una evolución desastrosa debe establecerse, en primer lugar, mediante una división pronunciada de los poderes del Estado.

Los siguientes artículos tratan en detalle las deficiencias en la separación de poderes y el Estado de Derecho. Pulse aquí para ver la segunda parte y a Parte 3.

1 comentario

  1. Algo sobre los medios de comunicación y su independencia. El periodista Hanns-Joachim Friedrichs, que murió muy joven y trabajó sobre todo para la ZDF, dijo lo siguiente a los estudiantes de periodismo en un seminario: "¡Nunca os involucréis con una causa, ni siquiera con una buena!".
    ¿Cuál de los periodistas actuales puede estar a la altura de esta afirmación?
    J. M.

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